Protocolo Antártico
(Protocolo al tratado antártico sobre protección del medio ambiente)
 
 

 

Convención sobre la conservación de los recursos vivos marinos antárticos

Canberra, 11 de septiembre de 1980.
Las partes Contratantes, RECONOCIENDO la importancia de salvaguardar el medio ambiente y de proteger la integridad del ecosistema de los mares que rodean la Antártida; OBSERVANDO la concentración de recursos vivos marinos en las aguas antárticas y el creciente interés en las posibilidades que ofrece la utilización de esos recursos como fuente de proteínas; CONSCIENTES de la urgencia de asegurar la conservación de los recursos vivos marinos antárticos; CONSIDERANDO que es esencial aumentar el conocimiento del ecosistema marino antártico y de sus componentes para poder basar las decisiones sobre recolección en una sólida información científica; PERSUADIDAS de que la conservación de los recursos marinos antárticos exige la cooperación internacional, teniendo debidamente en cuenta las disposiciones del Tratado Antártico y con la participación activa de todos los Estados dedicados a actividades de investigación o recolección en aguas antárticas; RECONOCIENDO las responsabilidades fundamentales de las Partes Consultivas del Tratado Antártico en materia de protección y preservación del medio ambiente antártico y, en particular, sus responsabilidades en virtud del párrafo 1.1) del artículo IX del Tratado Antártico con respecto a la protección y conservación de los recursos vivos de la Antártida; Serie de Legislación Ambiental, Nº 2 Derecho Internacional Ambiental Regional ECORDANDO la acción ya emprendida por las Partes Consultivas del Tratado Antártico, en especial las medidas acordadas para la conservación de la fauna y flora antárticas, así como las disposiciones de la convención para la conservación de focas antárticas; TENIENDO presente la preocupación por la conservación de los recursos vivos marinos antárticos expresada por las Partes Consultivas en la Novena Reunión Consultiva del Tratado Antártico y la importancia de las disposiciones de la Recomendación IX-2 que dio lugar al establecimiento de la presente convención; PERSUADIDAS de que interesa a toda la humanidad preservar las aguas que rodean al Continente Antártico para fines pacíficos exclusivamente y evitar que lleguen a ser escenario u objeto de discordia internacional; RECONOCIENDO, a luz de lo que antecede, que es conveniente establecer un mecanismo apropiado para recomendar, promover, decidir y coordinar las medidas y estudios científicos necesarios para asegurar la conservación de los organismos vivos marinos antárticos;

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Washington, 1 de diciembre de 1959.

Los Gobiernos de Argentina, Australia, Bélgica, Chile, la República Francesa, Japón, Nueva Zelanda, Noruega, la Unión del África del Sur, la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y los Estados Unidos de América, RECONOCIENDO que es en interés de toda la humanidad que la Antártida continúe utilizándose siempre exclusivamente para fines pacíficos y que no llegue a ser escenario u objeto de discordia internacional; RECONOCIENDO la importancia de las contribuciones aportadas al conocimiento científico como resultado de la cooperación internacional en la investigación científica en la Antártida; CONVENCIDOS de que el establecimiento de una base sólida para la continuación y el desarrollo de dicha cooperación, fundada en la libertad de investigación científica en la Antártida, como fuera aplicada durante el Año Geofísico Internacional, concuerda con los intereses de la ciencia y el progreso de toda la humanidad; CONVENCIDOS, también, de que un Tratado que asegure el uso de la Antártida exclusivamente para fines pacíficos y la continuación de la armonía internacional en la Antártida promoverá los propósitos y principios enunciados en la Carta de las Naciones Unidas,

- Tratado Antártico - Download

 

Fuente: UN
Wikipedia
PNUMA
Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable – Ministerio de Salud y Ambiente - Argentina
Gobierno de Chile – Comisión Nacional del Medio Ambiente
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial – República de Colombia
Pick-upau – 2007 – Sao Paulo – Brasil

 
 
 
 

 

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