El
Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo
Territorial Carlos Costa Posada y la Viceministra
de Agua y Saneamiento Leyla Rojas Molano,
durante la rueda de prensa en la que se dio
a conocer el Decreto. Fotografía: Edna
Julieta Sandoval - MAVDT.
•Ley 80 regirá procesos
de contratación gracias al decreto
4548 de 2009 a partir de la fecha.
Bogotá. D.C., 25
de noviembre de 2009 (MAVDT).- Los Gestores
de los Planes Departamentales de Agua deberán
contratar con base en el Estatuto General
de Contratación de la Administración
Pública, a partir de la fecha, según
lo define el Decreto No. 4548 del 23 de noviembre
de 2009.
Siguiendo las recomendaciones
de la Procuraduría, la Contraloría
y la Superintendencia de Servicios Públicos
Domiciliarios y avanzando en el programa de
Agua transparente, la norma señala
que cuando las empresas de servicios públicos
realicen funciones como Gestores de los Planes
Departamentales de Agua, deberán contratar
siguiendo la ley 80 y la Ley 1150.
"Este decreto se adopta
con la intención de dar fin a la discusión
sobre cuál es el Régimen de
Contratación para los Planes Departamentales
de Agua: si el de las Empresas Prestadoras
de Servicios Públicos o la Ley 80.
Ante esto, la posición del Gobierno
nacional es que se debe ser lo más
estricto posible. Para ello, y para salvaguardar
los recursos públicos garantizando
el pronto suministro del preciado líquido
a quienes más lo necesitan, el decreto
que hoy anunciamos adopta la Ley 80 y la Ley
1150 como el estándar de contratación
para los PDA", aseguró el ministro
de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,
Carlos Costa Posada.
Por su parte, la viceministra
de Agua, Leyla Rojas Molano afirmó
que "En desarrollo del principio de precaución,
la finalidad es dar aún más
transparencia y claridad a los procesos de
contratación de los Planes Departamentales
de Agua y cumplir con el propósito
de mejorar de manera integral la calidad de
vida de los pobladores colombianos".
Con respecto al Decreto,
que es el resultado de un trabajo concertado
con la Presidencia de la República
y el Departamento Nacional de Planeación,
el jefe de la Cartera de Ambiente agregó:
"Cuando las Empresas de Servicios Públicos
ejercen como Gestores del Plan Departamental
de Agua, están desarrollando función
pública, razón por la cual se
expidió el decreto".
En desarrollo de la rueda
de prensa en la que se dio a conocer la noticia,
la Viceministra hizo una amplia exposición,
en la que manifestó que los Planes
Departamentales de Agua cumplen a la fecha
con el cronograma de ejecución establecido.
Lo anterior, teniendo en
cuenta que a 2008 se debía estructurar
el esquema institucional y la elaboración
de diagnósticos; a 2009 se debían
realizar los procesos de concertación
y elaboración de convenios entre el
Gestor y el municipio y la contratación
y ejecución de los Planes Maestros
de Acueducto y Alcantarillado de los municipios.
"En este sentido, habiendo
surtido los esquemas institucionales requeridos
para la ejecución de los Planes Departamentales
de Agua, se procede a la contratación
de las obras para los años 2010 y 2011",
manifestó la funcionaria.