Cuando una persona
adquiere como mascota cualquier especie de
Fauna Silvestre, está cometiendo un
delito. Foto Archivo MAVDT
•La tenencia y comercio ilegal de especies
silvestres constituye un delito ambiental.
•Se incrementarán medidas de control
en carreteras y aeropuertos.
•Las sanciones incluyen, amonestaciones, multas,
decomisos y retenciones.
Bogotá, D.C. 4 de
enero 2011 (MAVDT).- En temporada vacacional,
cuando las familias se desplazan a diferentes
destinos es usual que, por las carreteras,
los viajeros sean abordados por vendedores
de mascotas consideradas exóticas.
Es así como, en rutas hacía
la costa atlántica les ofrecen perezosos,
armadillos y tamandúas, y hacía
el interior tratarán de seducirlos
con titíes grises y monos aulladores,
entre otros.
Ante esta oferta de especies,
la ministra de Ambiente Vivienda y Desarrollo
Territorial Beatriz Uribe Botero hace un llamado
para que no se promueva el tráfico
ilegal de especies silvestres, lo cual es
un delito ambiental.
El tráfico ilegal
de especies silvestres consiste en el uso,
comercio, transporte y aprovechamiento ilícito
tanto de las especies de fauna y flora silvestres,
como de sus productos y derivados. Por ello
para esta temporada se incrementan las medidas
de control y seguimiento por parte de las
autoridades policivas y ambientales.
La titular de la Cartera
ambiental insistió: "la tenencia
ilegal de fauna silvestre como mascotas no
está permitido en Colombia, sólo
se permite la tenencia de fauna silvestre
para algunas especies sujetas a zoocría
comercial o en centros como los zoológicos.
Por ello, no está permitido el movilización
de especímenes de fauna silvestre obtenidos
ilegalmente".
En caso de tránsito
de especímenes de especies procedentes
de sistemas de zoocría, el transportador
debe contar con un salvoconducto de movilización
vigente, emitido por la respectiva autoridad
ambiental.
La normativa contempla que
el hecho de movilizar y portar fauna silvestre
por las carreteras o por vía aérea
en nuestro territorio es sancionable, con
mayor razón cuando se trata de tráfico
ilegal de especies que estén en alguna
categoría de amenaza. Al respecto la
Ministra puntualizó: "esta Cartera
expidió la Resolución 383 de
2010 "Por la cual se declaran las especies
silvestres que se encuentran amenazadas en
el territorio nacional".
Para este delito la Ley
1333 de 2009 prevé sanciones que van
desde amonestaciones, decomiso de elementos,
aprehensión preventiva de especímenes,
productos y subproductos de flora fauna silvestre,
multas hasta por 5.000 salarios mínimos
mensuales legales vigentes, hasta procesos
de aprehensión al portador de los animales.
En el caso que el tráfico ilegal ocurra
sobre especies silvestres amenazadas, el Código
Penal Colombiano mediante la Ley 599 de 2000
establece sanciones que dependiendo del grado
de afectación del delito causado puede
generar penas de cárcel.
Decomisos en cifras
Según cifras oficiales
del Ministerio para el periodo 2005- 2009,
se han decomisado un total de 211.571 animales,
entre los que se destacan: 29.005 aves, 169.352
reptiles, 7613 mamíferos y 315 anfibios
y 5163 invertebrados. En el grupo de los reptiles,
las especies más traficadas fueron
las tortugas especialmente hicotea y las babillas.
En 2010 La Unidad de Parques
reportó que se tienen 18 procesos penales
abiertos por delitos ambientales cometidos
al interior de las Áreas Protegidas.
Como resultado d los operativos se han decomisados:
62 cuerpos de Tiburón Toyo Tigre (572
Kg.), 118 unidades de aleta de tiburón,
5 tortugas Carey, 1 Tiburón Nodriza
y 6 Estrellas de Mar, así como plántulas
de Orquídeas y elementos como: camiones,
motosierras y 651 Bancos de madera.